El Ejecutivo aprobó el Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades Eléctricas, a través del Decreto Supremo Nº 016-2023-EM, publicado hoy en la edición del boletín de Normas Legales de diario oficial El Peruano.
El reglamento tiene por objeto establecer disposiciones que regulen los mecanismos de participación ciudadana en las etapas de otorgamiento de concesión temporal relacionada a la actividad de generación eléctrica, en la elaboración y/o evaluación del instrumento de gestión ambiental, así como en la etapa posterior a su aprobación.
El Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades Eléctricas, consta de 67 artículos, dos Disposiciones Complementarias Finales y tres Disposiciones Complementarias Transitorias.
De esta manera se busca fortalecer, con pertinencia cultural, los derechos a la participación ciudadana de la población involucrada con las actividades eléctricas.
Asimismo, optimizar la gestión socioambiental de las actividades eléctricas; y proveer a las Autoridades Ambientales Competentes información suficiente para tomar decisiones relacionadas con el manejo socioambiental en las actividades eléctricas.
También, promover relaciones armoniosas entre la población, el Estado y los Titulares de las actividades eléctricas.
La publicación del documento se realiza en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en las sedes digitales del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) y del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo y el Reglamento se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; la ministra del Ambiente, Albina Ruiz; y el ministro de Energía y Minas, Óscar Vera Gargurevich.