Promulgan norma que busca garantizar la prestación a la asistencia familiar

El Gobierno promulgó una ley que modifica el texto único ordenado del código procesal civil, resolución ministerial 010-93-jus, y el nuevo código procesal penal, decreto legislativo 957, a fin de garantizar la prestación efectiva de la obligación a la asistencia familiar.

La ley N° 31960, publicada esta noche en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, indica, en una de las modificaciones, que si el obligado no cumple con el pago de los alimentos, el juez remitirá copias certificadas de las piezas procesales pertinentes al fiscal provincial penal de turno, a fin de que proceda con arreglo a sus atribuciones.

La norma añade que, cuando reciba del juez competente copias certificadas de las piezas procesales pertinentes para acusar al deudor alimentario por la comisión del delito de omisión de prestación de alimentos previsto en el artículo 149 del Código Penal, Decreto Legislativo 635.

La presente ley, aprobada por el Congreso de la República, lleva las rúbricas de la presidenta de la república, Dina Boluarte, y del presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.

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