Poder Judicial prorroga continuidad de trabajo presencial de jueces y personal auxiliar

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) estableció que del 1 al 31 de diciembre las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar de este poder del Estado se realizará de forma presencial durante toda la jornada.

A través de la Resolución Administrativa 000405-2022-CE-PJ, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece la prórroga del 1 al 30 de setiembre la vigencia del protocolo «Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio».

Asimismo, en el mismo periodo disponer que los magistrados realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para el registro adecuado de asistencia.

Además, aquellos jueces con factores de riesgo, considerados vulnerables, realizarán trabajo presencial; y excepcionalmente trabajo remoto, según la respectiva normativa. La vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico correspondiente.

De igual modo, se precisa que los jueces deben atender presencialmente o a través de la herramienta informática «El Juez te escucha, programa tu cita», a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias en el primer caso.

También dispone que los presidentes de Corte supervisen el estricto cumplimiento del trabajo remoto que realiza jueces y personal que se encuentran en condición de vulnerabilidad; quienes deben informar a la presidencia el domicilio real en el cual efectuarán las labores remotas en el horario de trabajo.

Por último, delega facultades a la presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fin que emita las medidas pertinentes respecto a las disposiciones que dicte el Gobierno Central sobre la prevención y control de la propagación del covid-19.

En ese sentido, refiere que las las medidas que emita deben ser focalizadas y progresivas, empezando por la oficina y sede judicial, con la finalidad de no afectar el servicio público esencial de administración de justicia.

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