La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) advirtió que la Ley que modifica el Código del Consumidor a fin de restringir las comunicaciones spam, promulgada por insistencia por el Congreso de la República, habría dejado abierta una puerta para que las empresas sigan llamando a los consumidores.
Lo que sucede es que en el inciso e) del art. 58° objeto de modificación, se habría reemplazado la conjunción “y” por la disyunción “o”. Este cambio de una sola letra abre una vía para que las empresas puedan seguir contactando al consumidor.
En efecto, en lo referido a las excepciones para que la empresa pudiera contactar al consumidor, el texto original decía lo siguiente:
“La única excepción a esta prohibición (de comunicarse) es el envío de una comunicación comercial o publicitaria a aquel consumidor que se contacte directamente con el proveedor y autorice, expresando su consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco, de ser contactado…”
En cambio, el texto finalmente aprobado señala lo siguiente:
“La única excepción a esta prohibición (de comunicarse) es el envío de una comunicación comercial o publicitaria a aquel consumidor que se contacte directamente con el proveedor o autorice, expresando su consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco, de ser contactado…”
Como se aprecia, en la versión inicial había un único camino para que la empresa pudiera comunicarse con el consumidor, el cual constaba de dos pasos: 1) Que el consumidor se comunique con ella previamente; y 2) Que la autorice a contactarlo.
Sin embargo, en la versión aprobada, las condiciones ya no son tan restrictivas y hay dos posibles caminos: 1) Que el consumidor se comunique con ella previamente; o 2) Que la empresa pueda contactarlo para solicitarle su autorización para recibir sus mensajes. Es decir, en la práctica, nada cambiaría y los consumidores seguirían recibiendo llamadas spam, según ASPEC.
Para la asociación, no existe razón alguna para este cambio que disminuye sustancialmente la efectividad de la ley excepto que se quiera beneficiar a los empresarios. Por tanto, solicitó al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a adoptar medidas de inmediato para evitar que la ley “sea letra muerta”.