El Ministerio del Interior aprobó el “Protocolo Intersectorial para la Prevención y Persecución del Delito y la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas”.
La medida fue oficializada mediante Decreto Supremo N º 007-2023-IN, publicado hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano
La norma menciona que la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
De igual manera, destaca que la Carta Magna prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas; mandato que requiere el desarrollo de una serie de políticas y acciones coordinadas de los organismos del Estado con competencias en la lucha contra la trata de personas.
La norma precisa que las entidades públicas participantes del protocolo intersectorial adoptan las medidas necesarias para su ejecución y cumplimiento, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
Asimismo, indica que las acciones e intervenciones necesarias para la implementación del presente protocolo intersectorial se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.