El legislador del grupo parlamentario Unidad y Diálogo Parlamentario Héctor Acuña Peralta propuso un proyecto de reforma constitucional para establecer que el cargo de defensor cese al término de su mandato, de cinco años, y de no ser electo el primer adjunto asumiría su gestión.
La propuesta legislativa dispone modificar el artículo 161 de la Constitución Política de modo que se establezca una serie de requisitos que garanticen la idoneidad del funcionario elegido defensor; así como reafirmar que dicho cargo tiene una duración de cinco años.
En esa línea, el proyecto detalla que «vencido su periodo, el defensor del pueblo cesa en el cargo y, de no haber sido elegido su sucesor, asume sus funciones el primer adjunto, hasta su designación», siendo los adjuntos de la Defensoría seleccionados previo concurso público de méritos
Asimismo, con respecto a los requisitos, el proyecto señala que para ser elegido defensor del pueblo se requiere que los candidatos sean mayores de 45 años, ser abogado en ejercicio con una reconocida trayectoria profesional no menor de 25 años y contar con por lo menos 10 años de experiencia en defensa y promoción de derechos humanos, ya sea en el ámbito nacional o internacional.
Entre otros requisitos, se encuentra no tener sentencia condenatoria en primera instancia por delito doloso, no encontrarse inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios y no haber sido inhabilitado por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República.
Se suma a la lista el no haber sido separado de la administración pública por medida disciplinaria y no contar con afiliación política.
De acuerdo con la exposición de motivos, la propuesta busca «garantizar la continuidad en el funcionamiento de la institución, pero promoviendo la alternancia en el cargo» para evitar la vulneración de la Constitución debido a que esta establece un periodo máximo de cinco años.
Además de «establecer requisitos mínimos y objetivos que aseguren la idoneidad de las personas» que accedan al cargo de defensor, teniendo en cuenta que dicha institución es «vital para el funcionamiento del Estado» y la defensa de los derechos de las personas y comunidades.