Un proyecto de ley presentado en el Congreso establece que aquella persona que arroje residuos sólidos al cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada, será reprimida con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis
La iniciativa, proveniente de la bancada de Avanza País, busca incorporar dicha disposición al artículo 125-A de Código Penal.
“El proyecto tiene como finalidad penalizar las acciones que puedan interferir con el normal flujo del agua de un río o quebrada, causando peligro a la vida y a la salud de las personas, así como el daño a la propiedad pública o privada, generando al Estado un gasto adicional”, dijo Norma Yarrow, legisladora promotora del proyecto de ley.
En tal sentido, este indica que “el que por hecho propio o través de tercero daña, desvía u obstruye los cauces o cuerpos del agua, o de cualquier forma y sin autorización, arroje residuos sólidos al cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada será reprimido de su libertad entre cuatro y seis años”.
Yarrow precisó que esa sanción se aplicará a las personas naturales; pero de determinarse que incurrieron en este acto personas jurídicas, el responsable será el gerente general. Si se busca impedir acciones de vigilancia y supervisión realizadas por las autoridades, se aplicará la misma pena, señaló.
Pena propuesta
La pena a aplicarse no será menor de seis años ni menor de ocho si se daña obras de infraestructura pública o si los residuos sólidos son arrojados utilizando camiones o maquinaria pesada.
Yarrow consideró que actualmente “el cauce de los ríos se encuentra siendo vulnerado por el constante arrojo de basura, desmonte, todo tipo de residuos y desechos de construcción, y dicha situación estaría reduciendo el ancho del respectivo cauce”.
Esto, en vista de la inminencia del fenómeno de ‘El Niño’ y sus lluvias, “pone en grave peligro la salud e integridad de la población en su conjunto”, indicó la parlamentaria.