El órgano regulador Osiptel aprobó hoy el uso del Sistema de Denuncias por Incumplimiento de Actos Administrativos o Decisiones Emitidas en el Procedimiento de Reclamos (en adelante Sisden), para la presentación de denuncias ante incumplimientos de una empresa operadora.

Según la Resolución de Consejo Directivo 00284-2023-CD/Osiptel, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el sistema será de uso obligatorio para las empresas operadoras que cuentan con una cantidad mayor a 500,000 abonados a escala nacional y para las empresas operadoras que cuentan con una cantidad menor o igual a 500,000 abonados en el ámbito nacional que se hubieran acogido al Sisden.

Registro de denuncia

El usuario eventualmente perjudicado puede presentar directamente a través del Sisden, ubicado en la página web institucional del Osiptel, una denuncia por el incumplimiento de la empresa operadora, o en una solución anticipada de reclamo, solución anticipada de recurso de apelación o silencio administrativo positivo.

Asimismo, la denuncia puede registrarse en el Sisden con el apoyo del personal del Osiptel.

Evaluación de la denuncia

El Osiptel recibe la denuncia presentada y evalúa los siguientes requisitos:

a) Que la denuncia se encuentre referida al incumplimiento de la empresa operadora, o en una solución anticipada de reclamo, solución anticipada de recurso de apelación o silencio administrativo positivo;

b) Que haya vencido el plazo para el cumplimiento del acto administrativo o decisión materia de la denuncia;

c) Que la denuncia se encuentre acompañada por la constancia del acuerdo de la solución anticipada de reclamo, la constancia del acuerdo de la solución anticipada de recurso de apelación, la resolución de primera instancia cuya inejecución se denuncia o los documentos que acrediten la operación del silencio administrativo positivo, según corresponda.

En caso de que la denuncia cumpla con los requisitos antes señalados, el Osiptel asigna el código de denuncia respectivo; en caso contrario deriva la comunicación del usuario para la respectiva orientación, según su naturaleza.

Obligaciones de las empresas operadoras

Las empresas operadoras que se encuentran dentro del alcance de la presente norma tienen las siguientes obligaciones:

a) Acreditar a través del Sisden el cumplimiento de los actos administrativos y decisiones que han sido materia de denuncia.

En consecuencia, las empresas operadoras deben atender los requerimientos de información que reciben en dicho sistema en los plazos que el Osiptel comunique, debiendo cargar en el Sisden la documentación que acredite el cumplimiento.

b) Revisar continuamente las denuncias ingresadas a fin de brindar respuesta oportuna a los requerimientos de información.

c) Mantener la confidencialidad y uso adecuado de las contraseñas y nombres de usuario que le hayan sido otorgados por el Osiptel para el acceso al Sisden, así como la información intercambiada a través del mismo.

Cabe indicar que el uso obligatorio del Sisden inicia el 11 de diciembre del 2023 y se mantendrá hasta que se realice el pase a producción de la Etapa 2 del Sistema Interoperable, correspondiente a la Atención de Denuncias.

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